sábado, 19 de octubre de 2013

Capitulo 25



Las nuevas ideologías: pacifismo, ecologismo, feminismo y postmodernismo
LA IDEOLOGIA: son las formas de pensar y sentir del ser humano de acuerdo al lugar que este o esta se está desarrollando o sistemas sea este socialista o capitalista así como también puede ser hombre o mujer
Estas son las nuevas ideologías que se hacen presentes en la actualidad:
Feminismo: El Feminismo es una ideología y un conjunto de movimientos políticos, culturales y económicos que tienen como objetivo la igualdad de derechos entre hombres y mujeres.Con este objetivo, el movimiento feminista, crea un amplio conjunto de teorías sociales, una Teoría feminista que ha dado lugar a la aparición de disciplinas como la geografía feminista,
Gracias a la influencia del movimiento feminista, se han conseguido logros de trascendental importancia como el voto femenino, la igualdad ante la ley o los derechos reproductivos, entre otros muchos.
Pacifismo: El pacifismo, según la RAE, es el conjunto de doctrinas encaminadas a mantener la paz entre las naciones.Se opone a la guerra y a otras formas de violencia a través de un movimiento político, religioso, o como una ideología específica. Algunos de los medios de los que se vale el pacifismo en la búsqueda de sus fines son: La no violencia activa, la diplomacia, la desobediencia civil, el boicot, la objeción de conciencia, las campañas de divulgación y la educación por la paz.El pacifismo es una doctrina que ha estado presente en varias culturas del mundo principalmente en la tradición oriental con corrientes como la filosofia china o el hinduismo y en la occidental con la tradición judeocristiana.
El pacifismo comenzó a ser definido a partir del siglo XVIII
Ecologismo o movimiento ecologista: El ecologismo es un movimiento social que busca un modelo de sociedad donde las personas puedan vivir en plena comunicación con la naturaleza y los demás seres humanos.
El ecologismo es la última ideología que se ha incorporado a las preocupaciones de la sociedad, y es la que más impulso tiene en la actualidad. Supone una nueva forma de hacer política, lo que implica un choque teórico con los economistas, un debate entre el desarrollo sostenible y el beneficio rápido. La ecología influye en todos los aspectos de la actividad económica.
Las diferencias entre ecología y ecologismo: La ecología es una ciencia, no una teoría. Y el ecologismo es un conjunto de ideas y conceptos basados en observaciones de hechos que se han producido, o sea que es una ideología.
Historia del ecologismo:
Durante el siglo XIX la petición de mejoras medioambientales provenía principalmente de dos clases sociales: la clase trabajadora y las clases media y alta.
El movimiento obrero luchaba por unas condiciones de vida y de trabajo más dignas para la clase trabajadora. En los primeros momentos del proceso de industrialización, la degradación medioambiental era un fenómeno localizado social y geográficamente, afectaba sobre todo a los barrios. Muchos miembros de las clases media y alta también estaban inquietos por el devastador efecto de la industrialización sobre sus parajes preferidos de recreo (donde practicaban actividades como la caza y la pesca) y reivindicaban su preservación y defensa.
Esta preocupación por la relación existente entre el proceso de industrialización y la degradación del medio ambiente dio lugar a las primeras organizaciones, fundadas en el siglo XIX en Gran Bretaña
Postmodernismo:
El término “Postmodernismo” significa literalmente “después del Modernismo”  y es usado para describir filosóficamente la presente era que vino después de la era del Modernismo.  El Postmodernismo es una reacción (o tal vez más apropiadamente, una frustrada respuesta) a la fallida promesa del Modernismo, de usar únicamente la razón humana para ser una humanidad mejor y hacer del mundo un mejor lugar.
El Postmodernismo es una filosofía que afirma que no existe la verdad objetiva o absoluta, especialmente en cuestiones de religión y espiritualidad.  Cuando se les confronta con una exposición de la verdad referente a la realidad de Dios y las prácticas religiosas, la opinión del Postmodernismo se ejemplifica en la declaración de que  “eso puede ser una verdad para ti, pero no para mí.”  Mientras que tal respuesta puede ser totalmente apropiada cuando se habla de la comida favorita, o preferencias respecto al arte; tal aseveración es peligrosa cuando se aplica a la realidad, porque confunde cuestiones de gusto y opinión con la verdad.
Los rasgos  características del postmodernismo son:
-DE LA ETICA A LA ESTETICA.
-LA CRISIS DE LA RAZON.
-EL AUGE DEL ESOTERISMO.
-EL RETORNO DE DÍOS

Capitulo 24



 “El derecho de la seguridad social y derechos humanos de personas con discapacidad”
1.       El derecho de la seguridad social.
Las repercusiones de los acontecimientos durante la Primera y Segunda Guerra mundial, la crisis económica de 1929 y la conformación de diversos organismos internacionales impactan favorablemente hacia la consolidación de la seguridad social como un derecho humano fundamental aceptado, promovido y respetado hoy por las naciones del mundo.
Entre los organismos internacionales que contribuyeron con sus acciones a generar y cimentar este derecho tenemos:
a)      La Asociación Internacional de Trabajadores.
b)      La Federación Sindical Internacional Roja.
c)       La Asociación Internacional para la Protección de los Trabajadores.
d)      La Organización Internacional del Trabajo.
e)      La creación de las Mutualidades para el Seguro de Enfermedad.
Estas instituciones influyeron de forma positiva para la sociedad. Sabemos que todo ser humano está sujeto a riesgos, necesidades o cargas de tipo social y cuando un individuo no puede atender personalmente cualquier tipo de suceso de esta área se acoge en la solidaridad y fraternidad para proteger al hombre.
Las contingencias sociales según la obra del maestro español Severino Aznar, se clasifican en:
a)      De origen patológico: La enfermedad, la invalidez y el accidente de trabajo.
b)      De origen principalmente biológico: la maternidad, la vejez, la muerte.
c)       De origen económico social: El paro forzoso, las excesivas  cargas familiares.
Los  seguros sociales adecuan perfectamente el concepto de “riesgo”, ya que estos atienden este tipo de eventos, asi como también las enfermedades o los accidentes de trabajo, pero al ampliarse las prestaciones y beneficios se protegen también eventos no desgraciados , como lo son el matrimonio, los hijos, la maternidad, etc.
La OIT, contempla la seguridad como un derecho y en especial “Norma Minima de Seguridad Social”, contenida en el Convenio N° 102 del año 1952. Entre las prestaciones que figuran en este convenio, están:
a.       Asistencia Medica, prestaciones monetarias por enfermedad.
b.      Prestaciones por accidentes de trabajo y enfermedad profesional.
c.       Prestaciones por maternidad.
d.      Prestaciones por invalidez.
e.      Prestaciones por necesidades familiares.
f.        Prestaciones por sobrevivientes.
g.       Prestaciones por desempleo.
h.      Prestaciones por vejez.

2.       Derechos humanos de personas con discapacidad.
Según la ONU cerca de medio billón de personas en todo el mundo sufren de alguna discapacidad mental, física o sensorial. De esta cifra, aproximadamente el 80% viven en zonas rurales de países en desarrollo y el 70% del total no tiene acceso o lo tiene pero de forma limitada a los servicios que necesitan.
El papel que juegan los gobiernos en este aspecto es fundamental, ya que deben asegurar el respeto del goce y ejercicio de los derechos humanos sin discriminación de las personas con discapacidad, conforme a lo establecido en los instrumentos internacionales de los cuales los Estados son parte.
Conceptos generales sobre discapacidad.
-          Discapacidad: Limitaciones funcionales que se registran en las poblaciones a nivel mundial.
-          Minusvalía: Describe la situación de la persona con discapacidad en función de su entorno, en la cual encuentra deficiencias de diseño físico y de muchas actividades organizadas de la sociedad.
-          Prevención: Adopción de medidas encaminadas a impedir que se produzcan accidentes en diferentes entornos y lugares de trabajo, así como discapacidades y enfermedades.
-          Rehabilitación: Proceso en el cual se adoptan medidas para que personas con discapacidad estén en condiciones de alcanzar y mantener un estado funcional óptimo.
-          Igualdad de oportunidades:Proceso mediante el cual los diversos sistemas de la sociedad, el entorno físico, los servicios, las actividades, la información y documentación de toda persona en especial con discapacidad.
Tipos de discapacidad.
-          Discapacidad física: La discapacidad física se puede definir como una desventaja, resultante de una imposibilidad que limita o impide el desempeño motor de la persona afectada. Esto significa que las partes afectadas son los brazos y/o las piernas.
Las causas de la discapacidad física muchas veces están relacionadas a problemas durante la gestación, a la condición de prematuro del bebé o a dificultades en el momento del nacimiento. También pueden ser causadas por lesión medular en consecuencia de accidentes (zambullido o accidentes de tráfico, por ejemplo) o problemas del organismo (derrame, por ejemplo).
-          Discapacidad sensorial: La discapacidad sensorial corresponde a las personas con deficiencias visuales, a la gente con sordera y a quienes presentan problemas en la comunicación y el lenguaje.
Producen problemas de comunicación del persona con su entorno lo que lleva a una desconexión del medio y poca participación en eventos sociales. También son importantes factores de riesgo para producir o agravar cuadros de Un diagnóstico y tratamiento precoz son esenciales para evitar estas frecuentes complicaciones.
La deficiencia auditiva puede ser adquirida cuando existe una predisposición genética (por ejemplo, la otosclerosis), cuando ocurre meningitis, ingestión de medicinas ototóxicas (que ocasionan daños a los nervios relacionados a la audición), exposición a sonidos impactantes o virosis. Otra causa de deficiencia congénita es la contaminación de la gestante a través de ciertas enfermedades.
-          Discapacidad psíquica: Se considera que una persona tiene discapacidad psíquica cuando presenta “trastornos en el comportamiento adaptativo, previsiblemente permanentes”.
Criterios de identificación:
La discapacidad psíquica puede ser provocada por diversos trastornos mentales, como la depresión mayor, la esquizofrenia, el trastorno bipolar; los trastornos de pánico, el trastorno esquizomorfo y el síndrome orgánico.También se produce por autismo o síndrome de Asperger.
-          Discapacidad intelectual o mental: En la actualidad el concepto más empleado es el que propone la AAMR (American Associationon Mental Retardation) en su edición de 1992 “El retraso mental se refiere a limitaciones sustanciales en el funcionamiento intelectual. Se caracteriza por un funcionamiento intelectual inferior a la media, que coexiste junto a limitaciones en dos ó más de las siguientes áreas de habilidades de adaptación: comunicación, cuidado propio, vida en el hogar, habilidades sociales, uso de la comunidad, autodirección, salud y seguridad, contenidos escolares funcionales, ocio y trabajo. El retraso mental se ha de manifestar antes de los 18 años de edad”.
Derechos de las personas con discapacidad.
  • Los derechos humanos para las personas discapacitadas incluyen los siguientes derechos indivisibles, interdependientes e interrelacionados.
  • El derecho a la no distinción, exclusión, restricción o preferencia basada en su condición de discapacidad basada en el efecto de deteriorar el disfrute de los derechos humanos y libertades fundamentales.
  • El derecho a la igualdad de oportunidades.
  • El derecho a una completa igualdad y protección ante la Ley.
  • El derecho a una alto estándar de salud para un tratamiento médico, psicológico y funcional, de igual manera a una rehabilitación médica y social y otros servicios necesarios para el máximo desarrollo de las capacidades, habilidades y auto-confianza
  • El derecho a trabajar, de acuerdo con sus capacidades, a recibir salarios que igualitarios que contribuyan a un estándar de vida adecuado.
·         El derecho a ser tratado con dignidad y respeto.

viernes, 18 de octubre de 2013

Capitulo 23

Derechos del trabajador, de la mujer y de los grupos étnicos

Derechos del trabajador
Están representados por una organización de afiliación universal y que posee una competencia funcional limitad, llamada Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Los dos principales instrumentos de la OIT que tratan el tema de la libertad sindical son el numero 87, relativo a la libertad Sindical y a la protección del estado del derecho de sindicación y el convenio numero 98, relativo a  la aplicación de los principios del derecho de sindicación y de negociación colectiva.
En la Constitución de la república de El Salvador están consignados importantes derechos como:
·         Derecho al trabajo y a la seguridad social (Artículos 37, 38, 50 y 52)

Artículo 37:
“el trabajo es una función social, goza de la protección del Estado, y no se considera articulo de comercio.

El Estado empleara todos los recursos que estén a su alcance para proporcionar ocupación al trabajador, manual o intelectual, y para asegurar a él y a su familia las condiciones económicas de una existencia digna. De igual forma promoverá el trabajo y empleo de las personas con limitaciones o incapacidades físicas, mentales o sociales”

·         Derecho de protección de la mujer trabajadora (Articulo 34)

Articulo 42:
“La mujer trabajadora tendrá derecho a un descanso remunerado antes y después del parto, y a la conservación del empleo.

Las leyes regularan la obligación de los patronos de instalar y mantener salas cunas y lugares de custodia para los niños de los trabajadores”.

·         Derecho a la libertad de asociación sindical o derecho de sindicalización (Articulo 47)

articulo 47:
“Los patronos y trabajadores privados, sin distinción de nacionalidad, sexo, raza, credo o ideas políticas y cualquiera que sea su actividad o la naturaleza del trabajo que realicen, tienen el derecho de asociarse libremente para la defensa de sus respectivos intereses, formando asociaciones profesionales o sindicatos. El mismo derecho tendrá los trabajadores de las instituciones oficiales autónomas…”.

·         Derecho de protección a las asociaciones cooperativas (Articulo 114)

Articulo 114:
“El Estado protegerá y fomentara las asociaciones cooperativas, facilitando su organización, expansión y financiamiento”.

·         Derecho a la huelga de los trabajadores (artículo 48)

Articulo 48:
“Los trabajadores tienen derecho a la huelgo y los patronos al paro. Para el ejercicio de estos derechos no será necesaria la calificación previa, después de haberse procurado la solución del conflicto que los genera mediante las etapas de solución pacifica establecidas por la ley”.

Derechos de la mujer

Durante las últimas décadas ha ocurrido una sustancias evolución  de las normas y los procedimiento en el régimen internacional de los derechos de la mujer, y los problemas en torno a estos se han aproximado a la corriente principal de los debates internacionales sobre derechos humanos.

Hechos relevantes en  el reconocimiento de los derechos de la mujer:
·         1947- La comisión sobre la condición de la mujer.
·         1952- Convenio sobre los Derechos Políticas de la Mujer.
·         1967- Declaración universal sobre la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer.
·         1975- Se designa al 8 de marzo Día Internacional de la Mujer.
·         1979- Convenio para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.
·         1982- Comité para la supresión de la Discriminación contra la Mujer.

Convenio para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer:

Es un tratado de derechos humanos de las Naciones Unidas que sea ocupa de los derechos de la mujer y promueve, difunde y defiende el respeto y la defensa de esos derechos en 30 artículos. Se concentra en los derechos civiles, condición jurídica y condición social de la situación de la mujer.

Está constituido por 30 artículos. Los primeros 16 artículos de la Convención explican lo que es la discriminaciones a la mujer y sus derecho y los 14 restantes exponen las funciones del comité de las Naciones Unidas velar por el cumplimiento de la Convención.
        Derechos de los grupos étnicos:
              Este grupo de derechos están protegidos por los derechos culturales, que se refieren al “estilo de vida de las diversas comunidades étnicas”.

  El artículo 27 de la Declaración reconoce “el derecho de participar libremente en vida cultural” y el deber de los estados signatarios de tomar las medidas necesarias para la conservación, el desarrollo y la difusión de la ciencia y la cultura”.

El Convenio Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos garantiza a los integrantes de grupos étnicos “el derecho, en comunidad con otros miembros de su grupo, a disfrutar de su propia cultura, a profesar y practicar su propia religión o a usar su propio idioma”.

Los derechos humanos ofrecen una esperanza para proteger a los diversos grupos étnicos y sus derechos, como individuos y como grupo, contra la amenaza de la dinámica “modernizadora” de la civilización del capital.